9 diciembre, 2025
Comodoro Rivadavia, Chubut
Generales

Un fallo ejemplar: deberá indemnizar a su hija por no reconocerla durante seis años

Un caso judicial del interior neuquino volvió a exponer cómo la falta de reconocimiento paterno puede afectar gravemente la vida de una niña y derivar en responsabilidad económica.

La Cámara Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia ordenó que un hombre indemnice a su hija por “pérdida de chance” y daño extrapatrimonial, después de no haberla reconocido durante más de seis años pese a tener un nivel económico muy superior al de la madre.

El tribunal, integrado por los jueces Manuel Castañón López, Pablo Furlotti y Juan Manuel Menestrina, concluyó que la conducta omisiva del padre privó a la niña de “la posibilidad real y concreta de acceder a un mejor nivel de desarrollo”. La sentencia marca un precedente fuerte con perspectiva de género y de derechos de la infancia.

Una infancia marcada por la vulnerabilidad

Según se acreditó en el expediente iniciado en Cutral Co, la niña nació en 2015 y fue criada exclusivamente por su madre en condiciones económicas frágiles. Vivían en una vivienda precaria y contaron con la ayuda de la abuela materna para poder sostener los ingresos básicos. Incluso, esa precariedad habitacional llegó a afectar la salud de la niña.

En paralelo, el padre —quien recién reconoció la filiación en 2022, tras el dictado de la sentencia correspondiente— llevaba una vida con acceso a recursos, estabilidad laboral y actividades deportivas y recreativas. “El padre de la niña mantuvo un nivel de vida superior al de la madre y su hija, mientras ellas atravesaban una situación de extrema vulnerabilidad y fragilidad”, advirtió la Cámara.

Pérdida de chance: cuando las oportunidades también son un derecho

En primera instancia, la jueza había ordenado una reparación por daño extrapatrimonial, pero rechazado el reclamo por pérdida de chance. La Cámara, en cambio, revirtió esa parte y consideró probado que la ausencia de reconocimiento paterno se tradujo en oportunidades perdidas para la niña.

“La falta de reconocimiento no es un acto discrecional del progenitor, sino un deber jurídico. Su omisión genera consecuencias previsibles: menos oportunidades de desarrollo”, señaló el fallo.

La pérdida de chance, explicaron los jueces, refiere al plus de posibilidades que la niña hubiera podido tener si contaba, desde el inicio, con el acompañamiento económico, afectivo y social del padre.

Una mirada con perspectiva de género y de infancia

El fallo también remarcó la importancia de identificar “patrones socioculturales y prácticas discriminatorias” que recaen sobre las mujeres que crían solas. La Cámara destacó que la madre asumió la totalidad de las tareas de cuidado y sostenimiento, situación que profundizó su vulnerabilidad económica tras el nacimiento de la niña.

Mientras tanto, el padre, aun teniendo recursos y estabilidad, omitió durante años todo tipo de responsabilidad hasta que la Justicia lo obligó a reconocer la filiación.

Lo que viene

Todavía resta fijar el monto exacto de la indemnización que el hombre deberá pagar. Sin embargo, la sentencia sienta un precedente contundente: la falta de reconocimiento paterno no solo implica un daño emocional, sino que puede traducirse en un perjuicio económico concreto que el progenitor deberá reparar.

Un fallo que, además de hacer justicia en este caso puntual, vuelve a poner en el centro la importancia del derecho a la identidad y del rol activo de ambos progenitores en la crianza.