Un hombre de 60 años fue condenado a dos años de prisión en suspenso tras reconocer su responsabilidad en dos hechos de abuso sexual simple ocurridos en un comercio de Río Mayo.
La sentencia fue dictada mediante un juicio abreviado, luego de un acuerdo entre la Fiscalía de Sarmiento y la defensa del imputado, que fue homologado por el juez Alejandro Rosales.
Además de la pena, el magistrado impuso una serie de reglas de conducta que el condenado deberá cumplir durante los próximos dos años.
De acuerdo con la investigación, el primer episodio ocurrió entre enero y septiembre de 2024 en un local comercial de Río Mayo, donde el acusado protagonizó conductas de abuso sexual en perjuicio de una víctima.
El segundo hecho se registró el 30 de mayo de 2024, también en el mismo comercio, cuando otra clienta denunció haber sido víctima de conductas inapropiadas por parte del comerciante.
Tras la investigación desarrollada por el Ministerio Público Fiscal, las partes alcanzaron un acuerdo de juicio abreviado, mecanismo previsto por la legislación para evitar el juicio oral cuando el imputado admite su responsabilidad.
Las condiciones que deberá cumplir
Al homologar el acuerdo, el juez dispuso una condena de dos años de prisión de ejecución condicional, por lo que el hombre no cumplirá la pena en una unidad penitenciaria, siempre que respete las condiciones impuestas por la Justicia.
Entre las principales medidas deberá:
Realizar y acreditar una capacitación en perspectiva de género y de niñez.
No mantener ningún tipo de contacto ni acercamiento con las víctimas, sus domicilios o por cualquier medio de comunicación, incluidas las redes sociales.
Someterse a una evaluación para determinar la necesidad de realizar tratamiento psicológico.
Presentarse en ocho oportunidades ante el Cuerpo de Delegados de Control.
Cumplir el resto de las reglas de conducta fijadas por el tribunal durante los próximos 24 meses.
Qué es un juicio abreviado
El juicio abreviado es un procedimiento previsto en el Código Procesal Penal mediante el cual el fiscal, el imputado y su defensa acuerdan una condena sin necesidad de llegar a un juicio oral.
Para que el acuerdo sea válido, el acusado debe reconocer los hechos y aceptar su responsabilidad, mientras que el juez debe verificar que la admisión haya sido realizada de manera libre y voluntaria y que existan pruebas suficientes para respaldar la acusación.
La audiencia
La audiencia se desarrolló en la Oficina Judicial de Sarmiento. En representación del Ministerio Público Fiscal participaron la procuradora Luciana Coppini y el funcionario Alexis Ubilla. También intervino la Asesoría de Familia, mientras que el condenado fue asistido por la abogada particular Fabiana Uribe.
Por tratarse de delitos contra la integridad sexual, se preserva la identidad de las víctimas conforme a la normativa vigente.
