La vicepresidenta y titular del Senado firmó un decreto que habilita a la senadora mendocina a intervenir con voz y voto de forma remota mientras persista una restricción médica derivada de un embarazo de riesgo. La medida deberá ser refrendada por la Cámara.
La presidenta del Senado, Victoria Villarruel, autorizó a la senadora nacional por Mendoza Anabel Fernández Sagasti a participar de manera remota en las sesiones de la Cámara alta, incluida la prevista para este jueves, en virtud de una restricción médica que le impide trasladarse desde su provincia a la Ciudad de Buenos Aires.
La decisión quedó plasmada en el Decreto de Presidencia 66/2026, firmado este martes y dictado ad referéndum de su aprobación por parte del pleno del Senado. Allí se habilita a la legisladora del bloque Justicialista a intervenir mediante modalidad virtual, con voz y voto, mientras se mantenga la situación médica acreditada o hasta el inicio de la licencia por maternidad correspondiente.
Según consta en los fundamentos del decreto, Fernández Sagasti cursa un embarazo de 32 semanas considerado de riesgo. El certificado suscripto por el jefe del Servicio de Ginecología del Hospital Luis C. Lagomaggiore de Mendoza indica reposo relativo y contraindicación expresa para realizar esfuerzos y viajes por cualquier medio de transporte.
El decreto al que accedió parlamentario.com, también exige que la participación virtual de Fernández Sagasti sea desde el palacio de la Legislatura mendocina. Cabe recordar que el órgano legislativo de esa provincia está presidido por Hebe Casado, quien criticó a la senadora nacional por su postura ante la reforma, pero avaló que estén dadas las condiciones para que pueda participar de la sesión.
La resolución señala que la situación afecta únicamente la posibilidad de traslado de la senadora y no su capacidad para ejercer el mandato conferido por los electores mendocinos. En ese sentido, la Presidencia del Senado sostuvo que no se trata de una licencia, sino de una modalidad excepcional para garantizar el desempeño de sus funciones legislativas.
Entre los argumentos jurídicos, Villarruel invocó el fallo de la Corte Suprema dictado en 2020 en la causa promovida por Cristina Fernández de Kirchner, en el que el máximo tribunal reconoció que ninguna cláusula constitucional impide que las cámaras legislativas sesionen y voten de manera remota cuando existan circunstancias que así lo justifiquen. También recordó los antecedentes de las sesiones virtuales implementadas durante la pandemia de Covid-19.
El decreto establece que la participación remota de Fernández Sagasti se realizará preferentemente desde la Legislatura de Mendoza, aunque podrá hacerlo desde otro lugar que garantice las condiciones técnicas necesarias. Asimismo, dispone que, una vez verificada su identidad, su presencia será computada a los efectos del quórum y de las votaciones de la misma manera que la de los senadores presentes en el recinto.
La medida fue definida como individual, excepcional y transitoria, aclarando expresamente que no implica una modificación del Reglamento del Senado ni la creación de un régimen general para futuros casos.
Ante esta situación, el interbloque Popular podría contrar con sus 25 integrantes, quienes ya se pronunciaron en contra de la ley de inviolabilidad de la propiedad privada que el oficialismo intentará tratar por quinta vez en el recinto de la Cámara de Senadores.
Fuente: El Parlamentario
