14 enero, 2026
Comodoro Rivadavia, Chubut
Sociedad

Se dictó condena por los crímenes de Lesa Humanidad cometidos en Comodoro Rivadavia

Se juzgó la responsabilidad de 7 imputados por delitos de privación ilegítima de la libertad, allanamiento ilegal y violación de domicilio,. Durante el transcurso del juicio, se analizaron hechos que damnificaron a 23 víctimas. Se juzgó la responsabilidad de 7 imputados por delitos de privación ilegítima de la libertad, allanamiento ilegal y violación de domicilio. Los fundamentos de las condenas se conocerán el 13 de febrero, luego de la feria judicial.

El Tribunal, presidido por la juez Ana María D´Alessio e integrado por los jueces Enrique Baronetto y Alejandro Cabral, y como juez sustituto Guillermo Quadrini emitió su resolución tras un debate oral que se inició el 28 de agosto de 2025.

Durante el transcurso del juicio, se analizaron hechos que damnificaron a 23 víctimas y se juzgó la responsabilidad de 7 imputados por delitos de privación ilegítima de la libertad, allanamiento ilegal y violación de domicilio, según consta en el expediente.

La base probatoria incluyó los testimonios de 32 testigos, entre ellos 16 víctimas, que fueron claves para la reconstrucción de los hechos. Adicionalmente, el Tribunal realizó 3 inspecciones oculares en los Centros Clandestinos de Detención (CCD), lo que permitió constatar las condiciones y los lugares donde se produjeron los delitos juzgados.

SENTENCIA: CONDENAS Y ABSOLUCIONES

Tras la deliberación, el Tribunal resolvió declarar los hechos juzgados como crímenes de lesa humanidad y no hacer lugar al planteo de prescripción de la acción penal solicitado por las defensas.

Se condenó a Mario Enrique Pérez a 7 años de prisión por allanamiento ilegal y privación ilegítima de la libertad en diversas modalidades.

Se condenó a Francisco Olegario Sevilla a 6 años de prisión como partícipe necesario de allanamiento ilegal y privación ilegítima de la libertad agravada.

Se consideró para Raúl Pantaleón Cruz a 11 años de prisión como partícipe necesario de privación ilegítima de la libertad agravada por imposición de tormentos en quince hechos.

Para Alfredo Pablo Lisseri a 3 años y 6 meses de prisión como partícipe necesario de allanamiento ilegal y privación ilegítima de la libertad, dos hechos; y a Eduardo Alberto Rodríguez a 3 años y 6 meses de prisión como partícipe secundario del delito de privación ilegítima de la libertad, dos hechos.

Asimismo, se absolvió a Raúl Pantaleón Cruz de algunos delitos específicos; a Alfredo Pablo Lisseri de privación ilegítima de la libertad en perjuicio de Osvaldo Pablo Stoyanoff y Miguel Ángel Anchordoqui; a Rafael Augusto Manuelides por falta de acusación fiscal; y a Fernando Julio Pedernera del delito de privación ilegítima de la libertad en perjuicio de Jorge Armando Demitrio.

Finalmente, se absolvió a Mario Enrique Pérez, Raúl Pantaleón Cruz, Alfredo Pablo Lisseri y Francisco Olegario Sevilla por el delito de asociación ilícita.

El Tribunal ordenó levantar las restricciones sobre los bienes inmuebles vinculados al proceso, manteniendo la preservación como “Sitio de la Memoria” conforme a la Ley 26.691 y decreto 1986/14.

Y se impuso a los condenados la obligación de mantener domicilio y teléfono actualizados e informar cualquier cambio, bajo apercibimiento de detención en caso de incumplimiento.

Los fundamentos de las condenas se conocerán el 13 de febrero, luego de la feria judicial