21 abril, 2026
Comodoro Rivadavia, Chubut
Judiciales

Elevaron a juicio por jurados una causa por abuso sexual ocurrida entre 2018 y 2020

Este jueves por la mañana concluyó la audiencia preliminar en los tribunales penales del barrio Roca, en el marco de una causa por abuso sexual. Durante la jornada, la defensa ofreció prueba y precisó sobre qué versará la declaración de sus testigos de descargo. Asimismo, se realizó un repaso de las audiencias anteriores, en las que se establecieron hechos notorios y se celebraron convenciones probatorias entre las partes.

Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, los hechos habrían ocurrido entre el 1 de julio de 2018 y el 19 de junio de 2020, cuando la víctima tenía 14 años. La fiscalía sostuvo que los abusos se habrían cometido en el marco de una relación asimétrica de poder, ya que el imputado se desempeñaba como profesor de teatro de la víctima.

La calificación legal atribuida es la de “abuso sexual simple, al menos dos hechos; y abuso sexual con acceso carnal, al menos cuatro hechos, todo ello en concurso real”, debiendo el imputado responder en calidad de autor.

Finalmente, el juez penal Ariel Tedesco informó que en los próximos días remitirá a las partes el auto de apertura a juicio por jurados.

En la audiencia intervino el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general María Laura Blanco; la querella estuvo a cargo de Alicia Dramesino; mientras que la defensa del imputado fue ejercida por el abogado particular Guillermo Iglesias.

Si fuiste víctima de una agresión sexual, podés dirigirte a la Comisaría de la Mujer más cercana:

Zona Norte: Km. 5 (B° Presidente Ortiz), Av. Ricardo Gutiérrez 775 (esq. Alfonsina Storni). Tel. (0297) 455-0511.

Zona Sur: Eustaquio Molina 2900. Tel. (0297) 621-2386.

Anexo Zona Sur: Seccional Séptima (Huergo y Pieragnolli). Tel. (0297) 452-7453.

El Ministerio Público Fiscal recuerda que, en determinados casos de delitos sexuales —especialmente los intrafamiliares— se utiliza la anonimización del imputado para evitar la identificación indirecta de la víctima, prevenir la revictimización y resguardar su intimidad. El anonimato no procede en casos de abuso sexual no intrafamiliar.