Jorge Oscar López fue condenado a cinco años de prisión tras aceptar un juicio abreviado y reconocer que incendió la vivienda de su ex pareja, poniendo en riesgo la vida de su hijo adolescente y de un amigo que también se encontraba en la casa.
El acuerdo contó con la conformidad plena de las víctimas, cuyas voces fueron centrales para la resolución del caso, en línea con los estándares de protección y autonomía establecidos en la legislación sobre violencia de género.
El hecho ocurrió cuando López ingresó al domicilio, comprobó que su ex pareja no estaba y prendió fuego prendas de vestir, provocando un incendio que se extendió rápidamente por toda la vivienda. Los dos menores, que dormían en otra habitación, debieron escapar por la ventana para salvar su vida. El accionar del imputado configuró un episodio de violencia extrema, enmarcado en el contexto de una relación previa y con impacto directo en una mujer y en adolescentes bajo su cuidado.
La fiscal María Bottini explicó que la Fiscalía se preparaba para llevar el caso a un juicio por jurados, pero priorizó la voluntad de las víctimas, quienes consideraron reparador y satisfactorio cerrar el proceso con una condena firme, una pena de prisión efectiva y una reparación económica por los daños sufridos.
Durante la audiencia estuvieron presentes la mujer afectada —ex pareja del imputado— y las madres de ambos adolescentes, así como familiares de López. Todas las partes avalaron que el acusado asumiera su responsabilidad y recibiera la condena por el delito de incendio con peligro común para bienes y personas.
La Asesoría de Familia también se manifestó conforme, valorando que la resolución respete los derechos de las víctimas y garantice una salida rápida y reparadora. La fiscal Bottini subrayó que la normativa vigente en materia de violencia de género exige escuchar la voluntad de las mujeres afectadas, asegurar su participación activa en el proceso y garantizar mecanismos de reparación integral.
El defensor de López, por su parte, destacó que el imputado reconoció el hecho desde el inicio y expresó su intención de asumir las consecuencias. Renunció a los plazos procesales y efectuó el pago de la primera cuota de la reparación económica inmediatamente después de que el juez homologara el acuerdo.
Finalmente, el magistrado dictó una condena de cinco años de prisión, con costas y la reparación económica pactada. La sentencia quedó firme al finalizar la audiencia.
Fuente: Ministerio Público Fiscal
