La Comisión Especial elevó al Ejecutivo Municipal los primeros dictámenes del proceso para definir las prioridades habitacionales de las familias afectadas por la Emergencia Geológica y Urbanística. Desde el 6 y hasta el 20 de agosto podrá observarse e impugnarse el listado preliminar.
El proceso para determinar el orden de prioridad de las soluciones habitacionales destinadas a las familias afectadas por la emergencia en el cerro Hermitte ingresó en una nueva instancia. La Comisión Especial de Evaluación y Priorización de Soluciones Habitacionales concluyó la primera etapa de análisis y remitió los dictámenes correspondientes al Poder Ejecutivo Municipal.
La Comisión, creada mediante la Resolución Municipal N° 0558/2026, elevó el Dictamen N° 01/2026, que establece la metodología utilizada para evaluar las solicitudes, reúne el análisis integral de las presentaciones y contiene los dictámenes individuales de cada caso.
Asimismo, fue presentado el Dictamen N° 02/2026, mediante el cual se aprobó el Listado General de Prioridad sujeto a impugnaciones. Allí se establece un orden preliminar de las familias de acuerdo con los criterios definidos para el procedimiento excepcional.
La próxima instancia comenzará este jueves 6 de agosto, cuando se habilite formalmente el período para observar los resultados.
Hasta el jueves 20 de agosto inclusive, las personas alcanzadas por el procedimiento podrán presentar impugnaciones de acuerdo con lo establecido en la Resolución Municipal N° 0558/2026.
Una vez cerrado ese período, la Comisión contará con diez días hábiles administrativos para analizar las presentaciones, resolver cada planteo y efectuar las modificaciones que correspondan.
El próximo paso será el listado definitivo
Cumplida la revisión de las impugnaciones, se confeccionará el Listado General Definitivo de Prioridad, que será remitido al Ejecutivo Municipal junto con el informe final de actuación.
Desde el Municipio señalaron que el mecanismo busca establecer las prioridades habitacionales mediante criterios objetivos y técnicamente fundamentados, mientras que la posibilidad de impugnar permite que las familias soliciten la revisión de sus evaluaciones antes de que quede conformado el listado definitivo.
