2 noviembre, 2026
Comodoro Rivadavia, Chubut
Generales Género

Aborto legal: reclaman a la Justicia que Nación garantice medicamentos en todo el país

Una causa colectiva cuestiona la decisión del Estado nacional de interrumpir la compra y distribución de medicamentos utilizados para garantizar interrupciones voluntarias y legales del embarazo. Las organizaciones advierten que trasladar esa responsabilidad exclusivamente a las provincias profundiza las desigualdades territoriales.

Organizaciones de la sociedad civil volvieron a reclamar una intervención judicial para que el Estado nacional garantice la provisión de misoprostol y mifepristona, medicamentos utilizados para la interrupción voluntaria y legal del embarazo.

El planteo forma parte de una causa colectiva iniciada por la Asociación Civil La Ciega contra el Ministerio de Salud de la Nación. El expediente tramita ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N°2 de La Plata, que convocó a una audiencia en el marco del proceso.

Según Amnistía Internacional, desde 2024 el Estado nacional dejó de comprar y distribuir a las provincias los medicamentos que hasta entonces adquiría de manera centralizada. La organización sostiene que esa decisión trasladó una mayor carga a las jurisdicciones provinciales, cuyas capacidades presupuestarias y sanitarias son muy diferentes entre sí.

A comienzos de 2025, además, la Dirección Nacional de Salud Sexual y Reproductiva dejó sin continuidad un proceso de compra que contemplaba 499.200 comprimidos de misoprostol y 96.000 de mifepristona, de acuerdo con la documentación incorporada al reclamo judicial.

Qué establece la ley

La Ley 27.610 continúa vigente en todo el país y establece el derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 inclusive y, luego de ese plazo, en los casos previstos legalmente. También dispone que el sistema público, las obras sociales y las prepagas deben garantizar la cobertura integral y gratuita de la práctica.

El Ministerio de Salud es la autoridad de aplicación de la norma y la legislación fija un plazo máximo de diez días corridos desde la solicitud para acceder a la prestación.

Los protocolos nacionales vigentes contemplan tanto el uso de misoprostol como la combinación de mifepristona y misoprostol entre los esquemas recomendados para la interrupción con medicamentos.

El reclamo judicial

La Asociación Civil La Ciega, representada por el CELS, junto con Amnistía Internacional Argentina, ELA, Fundeps y Mujeres por Mujeres, sostiene que la causa ya está en condiciones de ser resuelta y pide que la Justicia declare que el Estado nacional incumplió sus obligaciones al dejar de adquirir estos insumos.

Las organizaciones plantean que la compra centralizada permitía asegurar un piso común de acceso, reducir costos y planificar la distribución en todo el territorio. En cambio, advierten que dejar la compra exclusivamente en manos de las provincias puede hacer que el acceso efectivo dependa del presupuesto y de la capacidad de adquisición de cada jurisdicción.

Según Amnistía, en 2025 recibió más de 400 consultas y denuncias vinculadas con barreras para acceder a interrupciones del embarazo, en un contexto de menor participación del Estado nacional en la provisión de insumos.

El comunicado también señala que la línea 0800 de Salud Sexual registró durante 2025 consultas vinculadas con dificultades para acceder a medicamentos en distintas provincias y que algunas personas debieron comprarlos por su cuenta, afrontar demoras o realizar derivaciones entre establecimientos.

Una prestación donde el tiempo importa

Uno de los argumentos centrales de las organizaciones es que las demoras tienen consecuencias concretas porque el aborto es una prestación sensible al paso del tiempo. La Ley 27.610 establece plazos específicos y obliga a los efectores de salud a garantizar el acceso sin dilaciones indebidas.

La discusión judicial, por lo tanto, no gira sobre la vigencia del derecho al aborto —que permanece regulado por la Ley 27.610— sino sobre qué responsabilidad tiene el Estado nacional en la adquisición y distribución de los medicamentos necesarios para garantizarlo de manera equitativa en todo el país.

Las organizaciones esperan ahora una definición del juzgado que determine si la decisión de dejar de comprar esos insumos resulta compatible o no con las obligaciones que la legislación vigente impone al Estado.