22 julio, 2026
Comodoro Rivadavia, Chubut
Generales Producción

Milei eliminó un histórico requisito para exportar petróleo y gas

El Gobierno nacional profundizó este miércoles su política de desregulación económica al oficializar un nuevo esquema que facilita la exportación de hidrocarburos y elimina uno de los principales requisitos que las empresas debían cumplir para vender petróleo, gasolinas y derivados al exterior.

La medida fue establecida mediante la Resolución 166/2026, publicada en el Boletín Oficial, y representa un cambio de fondo para el sector energético. A partir de ahora, las compañías podrán exportar con un sistema mucho más ágil, mientras que la intervención del Estado quedará limitada a situaciones excepcionales.

Uno de los cambios más relevantes es la derogación de la normativa vigente desde 2017, que obligaba a las empresas a demostrar que habían ofrecido previamente su producción al mercado interno antes de obtener autorización para exportarla.

Con el nuevo régimen, esa obligación desaparece. La administración de Javier Milei sostiene que el mecanismo generaba trabas burocráticas, no garantizaba el abastecimiento interno y resultaba incompatible con los principios de libre mercado impulsados por el Gobierno.

Cómo será el nuevo sistema

La resolución crea el Registro de Operaciones de Exportación, donde las empresas deberán informar cada operación de manera digital mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

Desde ese momento, la Secretaría de Energía contará con un plazo para formular objeciones:

30 días hábiles para petróleo crudo, gasolinas y gasoil.
7 días hábiles para propano, butano y Gas Licuado de Petróleo (GLP).

Si esos plazos vencen sin una respuesta oficial, la operación quedará automáticamente habilitada mediante el mecanismo conocido como “silencio positivo”, permitiendo emitir la Constancia de Libre Exportación.

Qué productos podrán exportarse bajo el nuevo régimen

La desregulación alcanza a:

Petróleo crudo.
Gasolinas (excepto las de aviación).
Gasoil.
Propano.
Butano.
Gas Licuado de Petróleo (GLP).

En qué casos el Gobierno podrá frenar una exportación

Aunque la normativa flexibiliza las operaciones, el Estado conservará la posibilidad de objetarlas cuando existan razones técnicas o económicas.

Entre ellas se encuentran:

Riesgo de desabastecimiento del mercado interno.
Información falsa o insuficiente sobre reservas.
Prácticas anticompetitivas.
Cambios imprevistos y significativos en los precios internos.

Además, los contratos de exportación de largo plazo deberán acreditar reservas suficientes y presentar documentación adicional. Los proyectos que demanden nuevas obras de infraestructura también podrán vincularse con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) para agilizar su tramitación.

Con esta decisión, el Gobierno busca acelerar las inversiones y reducir la intervención estatal en uno de los sectores estratégicos de la economía argentina, otorgando mayor libertad a las empresas para comercializar su producción en los mercados internacionales.