5 junio, 2026
Comodoro Rivadavia, Chubut
Policiales Sociedad

Audiencia de control y apertura por portación ilegal de arma de guerra

El juez penal Alejandro Soñis resolvió declarar legal la detención de Uribe ya que había una Orden de requisa de un juez competente, la jueza federal autorizó la requisa y en esa requisa se halló el arma

El mediodía del presente jueves se realizó la audiencia de control de detención y formalización en relación a un hecho acontecido el pasado 3 de junio que tiene como imputado a Luis Damián Uribe. El representante de fiscalía requirió se declare legal su detención, se le formalice el hecho bajo la calificación provisoria de “portación de arma de guerra” y se dicte su prisión preventiva. En contraposición el defensor se opuso a la legalidad de la detención, a la apertura de la investigación y al dictado de la medida de coerción.

En un primer momento el funcionario de fiscalía Alan Larrue se refirió brevemente al hecho a investigar cuando el pasado 3 de junio, siendo las 21.30 hs. personal de drogas y leyes especiales, en el marco de un procedimiento por parte de fuerzas Federales, realizan un registro vehicular en el que se desplazaba Uribe, en virtud de presunta infracción a la Ley 23.737. Al proceder a la diligencia divisan una pistola, marca Browin, 9mm. High Power, con 13 cartuchos a bala, sin tener acreditación legal para portarla. Calificando provisoriamente el mismo como “portación ilegal de arma de fuego de guerra” en calidad de “autor” para Uribe. El fiscal a cargo de la investigación es Martín Cárcamo. Solicitando el funcionario de fiscalía se autorice la apertura de la investigación del caso por el plazo de 6 meses y se declare legal su detención.

Para concluir el representante de fiscalía pidió se dicte la prisión preventiva de Uribe por 4 meses, en razón de los elementos de convicción existentes para tener a Uribe como probable autor del hecho investigado y la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Peligro de fuga ya que de ser declarado responsable la pena será de cumplimiento efectivo, por los antecedentes penales del imputado. Por la actitud del imputado en otros procesos y la gravedad del hecho. Ha sido imposible de ubicarlo y carece de domicilio fijo. Peligro de entorpecimiento ya que su soltura puede influir sobre testigos.

En contraposición el defensor público Alejandro Varas cuestionó la legalidad de la detención ya que “la legalidad de los controles es que sea generalizado y no individual. La legalidad de la detención va a ser una cuestión a analizar, hay que investigar esto”. En cuanto a la formalización “no hay elementos para imputarle el hecho a Uribe, la portación ilegal del arma por el lugar en que se encontró el mismo” pidiendo se rechace la apertura. Negando la existencia de los peligros procesales, y en caso de que el juez considere que existe peligro de fuga se puede cautelar con presentaciones ante la Oficina Judicial, concluyó la defensa.

Finalmente, el juez penal Alejandro Soñis resolvió declarar legal la detención de Uribe ya que había una Orden de requisa de un juez competente, la jueza federal autorizó la requisa y en esa requisa se halló el arma. Además, “la fiscalía trae evidencia suficiente para autorizar la apertura de la investigación”. Dictando la prisión preventiva de Uribe por 4 meses, en base a la gravedad del hecho y de la existencia del peligro de fuga y entorpecimiento, como lo solicitara el funcionario de fiscalía.